Asignación universal por Hijo. 12 Preguntas con respuestas sobre la Libreta Anual

Mensualmente, la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS) efectúa el pago del 80% de la Asignación Universal por Hijo (AUH) a sus titulares y retiene el 20%.




Dicho dinero retenido es pagado por el organismo una vez que se realiza la presentación de la Libreta o el Formulario PS 1.47. (es lo mismo y se lo suele llamar de las dos maneras, en este artículo nos referiremos como Libreta Anual).

En este artículo están las preguntas más comunes respecto de la Libreta Anual.

1) ¿Qué sucede si no se presenta la Libreta Anual?
En este caso la Administración Nacional de la Seguridad Social procede a cortar el pago de la Asignación familiar por Hijo y no abona el 20 % de lo retenido.


2) ¿Cada cuanto tengo que presentar la Libreta Anual?
Como bien lo dice su nombre la Libreta se presenta solamente una vez por año.


3) ¿En donde se presenta la Libreta Anual?
La Libreta Anual se presenta en las dependencias de la ANSES previo obtener un turno.


4) ¿Cómo obtengo el turno para presentar la Libreta Anual?

El turno puede solicitarse:
a) Por la página de Internet:
Entrar en la dirección web www.anses.gob.ar.

Sacar un turno ingresando en la opción “Turnos online”, presionar “Solicitar turno”, seleccionar en “trámites” la opción “Asignación Universal – Presentación libreta” y completar la información requerida.

b) Telefónicamente llamando al número 130

5) ¿Si presento la Libreta Anual luego que dejaron de pagarme, recupero lo no cobrado?
No, comenzará a cobrar desde la fecha de presentación, es decir que perderá el 20% retenido más las mensualidades del tiempo que estuvo suspendido el pago.


6) ¿Cuándo es la primera vez que debo presentar la Libreta Anual?
Este trámite se debe efectuar a partir del año de percibir el beneficio.


7) ¿Cuánto tiempo después de presentada la Libreta Anual se cobra el 20 % retenido?
El pago la ANSES lo realiza entre los 2 y 6 meses luego de haber presentada la Libreta, aunque el plazo normal son los 90 días.


8) ¿Si paso ese plazo y no cobro lo retenido que hago?
A partir de haber transcurrido los 90 días luego de haber presentado la Libreta el beneficiario puede realizar un reclamo ante la falta de pago en la dependencia de la ANSES más cercana a su domicilio.



9) ¿Cuál es el importe que debería cobrar el beneficiario de la prestación de la Asignación Universal por Hijo por lo retenido en el año 2017?

El beneficiario debería cobrar el siguiente importe:

Retenido en
As. universal por hijo
As. universal por hijo discapacitado
01 y 02/2017
   220,60 x 2    =     441,20                      
719,40 x 2     =       1.438,80
03 a 08/2017
   249,20 x 6    =  1.495,20   
810,40 x 6     =       4.862,40
09 a 12/2017
   282,40 x 4    =  1.129,60
921,20 x 4     =       3.684,80
Total a cobrar
                         $ 3.066,00
                            $ 9.986,00


10) ¿Hasta cuando puedo presentar la Libreta Anual del año 2016?
La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) comunicó a todos los Beneficiarios de la Asignación universal por Hijo que la Libreta de Educación y Salud de los niños (-(Formulario PS 1.47) correspondiente al año 2015 tiene como última fecha posible de presentación el día 30 de junio de 2018.


11) ¿Hasta cuando puedo presentar la Libreta Anual del año 2017?
Hasta el 31 de Diciembre de 2018, no obstante mientras antes la presentes antes podes cobrar el retenido, en épocas de inflación no hacerlo en tiempo significa que cuando cobres la plata te alcanzará para menos cosas.


12) ¿Qué datos deben completarse en la Libreta Anual?
Los datos que deben completarse en la Libreta Anual según cada tipo de beneficiario son los siguientes:
Requisito
0 a 4 años inclusive
5 años
6 a 18 años
Programa SUMAR
             SI
    SI
     NO
Salud
             NO
   NO
     SI
Vacunación
             SI
   SI
     SI
Escolaridad
             NO
   SI
     SI
Declaraciones juradas adultos
             SI
   SI
     SI

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